¿Qué pasa si pierdo mi trabajo?Despido/Expulsión o Despido Temporal
- Normalmente no hay forma de responder a un despido si no es miembro de un sindicato (unión).
- Un empleador no está obligado a reponer a su empleado después de su despido laboral
¿Preguntas? Llame a RIAFL-CIOD islocated Workers al 521-2680 o a RIDL T al 462-8550.
Beneficios del Desempleo
- Es posible recibir un porcentaje del sueldo cuando Ud.
- ha sido despedido sin causa justificada o si ha dejado de trabajar por una buena razón y,
- si Ud. ha ganado el dinero suficiente que le permita calificar para recibir los beneficios.
¿Preguntas? Llame a RIDL T, Employment and Training (Empleo y Entrenamiento) al 243-9100.
Discriminación
Es ilegal despedir, negar empleo u otra forma de discriminación por causa de:
- raza
- religión
- nacionalida
- sexo
- edad (sobre 40)
- orientación sexual
- color
- incapacidad física
¿Preguntas? Llame a Commissionfor Human Rights CHR - (Comisión de Derechos Humanos) al 222-2661.
¿Tengo derecho a afiliarme a un sindicato (unión)?
- Ud. tiene el derecho legal a formar un sindicato (unión) o a unirse a uno.
- Si la mayoría de los trabajadores votan por un sindicato, el empleador debe reconocerlo y negociarcon dicho sindicato.
¿Preguntas? Llame a National Labor Relations Board-NLRB- al (617) 565-6700, RIDL Tal 462-8557, o RIAFL-CIO al 751- 7100.
- Los miembros del sindicato tienen derecho a asistir a las reuniones del sindicato.
- Los empleados representados por sindicatos tienen derecho a tener una copia del contrato sindical y apresentar una demanda
¿Preguntas? Llame a su sindicato (unión) o a NLRB.
¿Tengo derecho a privacidad en el trabajo?Análisis para detectar uso de drogas
- Hacer análisis al azar para detectar el uso de drogas es ilegal (excepto para algunos trabajos regulados por el gobierno federal).
- Un empleador puede hacer el análisis solamente con una razonable sospecha de que el uso de drogas estáafectando el rendimiento de trabajo.
- Un empleador puede hacer el análisis solamente si hay un programa de rehabilitación disponible.
- A quienes están aplicando para un trabajo se les puede exigir la realización del análisis para detectar el uso de drogas.
Detector de mentiras
- Los detectores de mentiras son ilegales.Antecedentes criminales
- Un empleador no puede hacer preguntas sobre arrestos a quién está aplicando para un trabajo; pero sipuede preguntar acerca de condenas.
Revisiones
- Un empleador privado puede revisarlo a Ud. y/o a sus pertenencias.
- Un contrato sindical puede limitar el derecho a revisión del empleador.
- Los empleados del gobierno están protegidos contra revisiones no razonables.
Rmiar
- Un empleador puede prohibir fumar en el lugar de trabajo.
- Un empleador no puede prohibir fumar fuera del lugar de trabajo.
¿Preguntas? Llame a RI Department of Health - RIDH- (Departamento de Salud de RI) al222-4948.
Archivos del personal
Ud. tiene derecho a acceso a su archivo de trabajo.
Un empleador puede exigir siete días de notificación antes de que Ud. pueda hacerlo.
Para preguntas y folletos gratuitos sobre los derechos en eltrabajo llame a American Civil Liberties Unión of RI-ACLU - (Unión Americana para las Libertades Civiles de RI) al 831- 7171
Spanish Rights
Linea de Emergencia Protegiendo los Derechos de los Trabajadores e Inmigrantes
Las organizaciones que se nombran a continuación pueden ayudar, en diferentes idiomas, en lo referentea derechos del trabajo y a leyes de Inmigración.
Inglés
Institute for Labor Studies ..........................463-9900
Español y Portugués
Progreso Latino........................................... 728-5920
Hmong, Lao, Khmer, Vietnamita
Socio Economic Development Center for Southeast Asians (Centro de Desarrollo Socioeconómico parael Sudeste Asiático) ...................................941-8422
Hmong United Association ........................455-0847
Ruso Jewish Family Services................................ 331-1244
Multi-lingue Intemational Institute (Instituto Internacional) ..............................461-5940
Documentación Requerida Para Trabajar
- Para poder trabajar, Ud. debe presentar documentos que comprueben su identidad y que Ud. estápermitido trabajar (por ejemplo, la licencia de conducir junta con la tarjeta de Seguro Social).
- Los empleadores están prohibidos a especificar cuales documentos aceptarán.
Paramas información llame a alguna de las organizaciones mencionadas más arribao a Immigration and Naturalization Service -INS- (Servicio deInmigración y Naturalización) al 454-2865.
Este folleto responde a preguntas sobre las leyes de trabajo en Rhode Island, no es una descripción completa de la ley.
Para mayor información o para obtener más copias de este folleto, contáctese con el Institute for Labor Studies and Research, al 463-9900.
¿Qué pasa si me lastimo en el trabajo (accidente o enfermedad)?
- Se debe notificar al empleador y a un doctor inmediatamente acerca de la herida o enfermedad relacionada con el trabajo.
- Workers' Compensation insurance -WC- (Seguro de Compensación de los Trabajadores) paga todo lo relacionado con los gastos médicos si su condición es relacionado al trabajo.
- Workers' Compensation insurance -WC- paga parte del salario si la persona está sin trabajar por más de tres días calendario
- En la mayoría de los casos, Ud. tiene el derecho a retomar a su trabajo previo por el plazo mínimo de un año, siempre y cuando Ud. sea capaz de desempeñar eltrabajo bajo un arreglo razonable con su empleador.
- Llame a la Unidad Educacional del Departamento de
Compensación de trabjadores y el estado de su reclamo.
¿Preguntas? Llame a Workers' Compensation-WC- al 462-8125 o a Injured Workers of RI (IWORI) al 729-0330.
¿Qué puedo hacer cuando las condiciones de trabajo son peligrosas?
- Poner una queja en Occupational Safety and Health Administration -OSHA- (Administración de Seguridad y Salud Ocupacional).
- El empleador debe informar al trabajador acerca de la presencia de elementos químicos peligrosos.
¿Preguntas? Llame a OSHA al 528-4669 o al RI Committee on Occupational Safety and Health - RICOSH - (Comité de Seguridad y Salud Ocupacional de RI) al 751-2015, o al RIDLT al 462-8125.
Muchas ocupaciones peligrosas están prohibidas para jóvenes de 14 a 17 años de edad.
¿Preguntas? Llame a USDOL al 528-4431 o a RIDL T al 462-8557.
La Unidad Educacional del Departamento de Compensación provee consultas y entrenamiento a empleados y sus empleadores para reconocer y corregir peligros en el lugar de trabajo.
¿Preguntas? Llame a Workers'Compensation - WC - al 462-8125.
Muchos trabajadores se afilian a sindicatos (uniones) para tratar de mejorar las condiciones en sus lugares de trabajo.
¿Preguntas? Llame a RI AFL-CIO al 751-7100.
¿Cómo puedo salvaguardar mis derechos?Los derechos del trabajo, sobre los cuales hemos hablado en este informativo, provienen de las leyesestatales y federales. En la mayoría de los casos, estos derechos están salvaguardados por agencias gubernamentales. Otros derechos pueden existir en un contrato sindical. En algunos casos se deben tomar acciones legales privadas para cuidar el cumplimiento de los derechos. Nota: Todas las leyes están sujetas a cambios.Para mayor información acerca de sus derechos en el trabajo, llame a las agencias que a continuación se anotan.
RI Department of Labor (RIDLT)
- Employment & Training............ 222-3724
- Labor Standards........................ 462-8550
- Occupational Safety.................. 462-8557
- State Labor Relations Board..... 462-8830
- Workers' Compensation Education Umt (WC)............ 462-8125
- US Department of Labor (USDOL)
- Wage and Hour División.......... 528-4431
- RI Commission for Human Rights (CHR)........... 222-2661
- National Labor Relations Board (NLRB)..... 617-565-670
- Injured Workers of RÍ (IWORI)........ 729-0330
- Temporary Disabiliíy Insurance (TDI)........ 462-8420
- Occupational Safety and Health Admimstration (OSHA)............ 528-466
- RI Department of Health................... 222-2231
- RI Committee on Occupational Safety and Health (RICOSH) .... 751-2015
- American Civil Liberties Unión of Rhode Island (ACLU)........... 831-7171
- Rhode Island AFL-CIO ....................751-7100
- Dislocated Workers ..................521-2680
- Institute for Labor Studies ...............463-9900
¿Cuál es el salario mínimo por hora? 
- Trabajadores con 16 años o más................ $7.10/hora
- Trabaj adores que reciben propinas............ $2.89/hora
(el salario más las propinas deben hacer al menos un total de $7.10/hora)
En algunos casos se puede pagar menos del mínimo,
incluyendo:
- Estudiantes a tiempo completo, con 19 años de edad o menos y que trabajen en organizaciones sin fines de lucro, religiosas, educacionales, bibliotecas o de servicio a la comunidad
- Jóvenes de 14 y 15 años de edad trabajando 24 horas a la semana o menos
Para determinar su salario apropiado. Llame al US
Department of Labor (USDOL) al 528-4431 y al RI
Department of Labor & Training (RIDL T) al 462-8550.
¿Cuándo me deben pagar horas extras?
- Se debe pagar 1 1/2 veces el salario por hora cuando se trabaja:
- más de 40 horas a la semana
- Domingos y feriados legales (excepto para restaurantes, centros de cuidados médicos y algunos otros lugares de trabajo).
- Para los adultos no hay límite en el número de horas a la semana o al día que pueden trabajar, a menos que esté especificado en un contrato sindical.
- Hay restricción en el número de horas y horarios en que adolescentes de entre 14 y 17 años de edad pueden trabajar.
¿Preguntas? Llame a RIDL T al 462-8550.
¿Qué pasa si estoy enfermo y no puedo trabajar?
- Se puede recibir un porcentaje del sueldo por parte de Temporary Disability Insurance -TDI- (Seguro de Inhabilidad Temporal)
- si está sin trabajar al menos una semana por enfermedad o por lesión (no relacionadas con el trabajo) y,
- si Ud. ha ganado el dinero suficiente que le permita calificar para recibir los beneficios.
- Un empleador no está obligado legalmente a pagar cuando la persona está enferma.
¿Preguntas? Llame a TDI al 462-8420.
Otras Leyes Importantes Sobre El Trabajo
- Se prohibe el despido de dos o más trabajadores quienes participen de manera organizada en actividades protegidas por la ley para mejorar los términos o condiciones de empleo. (NLRB)
- Ud. no puede ser despedido, amenazado, ni ser objeto de cualquier otra clase de represalia, por haber denunciado alguna violación de la ley. (Hay que tomar acción legal privada para reinvindicar este derecho.)
- Si está programado o se le ha pedido reportarse a trabajar, se le deben pagar al menos tres horas. (RIDLT)
- Si Ud. trabaja por lo menos seis horas continuas en un día, se le deben dar al menos 20 minutos de descanso. (RIDLT)
- Se le deben pagar todas las horas trabajadas, aun si se le ha pedido trabajar antes o después de su hora-rio regular. (RIDLT)
- Ud. no puede ser obligado a trabajar los Domingos o días feriados legales. Nota: Algunos empleadores están exentos de esta ley. (RIDLT)
- El acoso sexual (físico o verbal) es ilegal. (CHR)
- Empleados públicos y empleados de compañías con cincuenta personas o más, tienen derecho a ausen tarse hasta trece semanas por el nacimiento o adopción de un niño, o por una enfermedad seria del algún familiar o de ellos mismos, si han trabajado para sus empleadores al menos un año y han trabajado lo mínimo de 1,250 horas durante los últimos 12 meses. (USDOL & RIDLT)
- Es ilegal para empleadores y empleados hacer en la casa cualquier trabajo de manufactura para un empleador. (RIDLT)
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